La Junta Electoral Central (JEC) ha dictado sentencia sobre la reciente estrategia de impugnaciones del Partido Popular (PP) contra la corporación pública. En una resolución contundente emitida este jueves 16 de abril, el organismo ha desestimado tres denuncias clave que los populares habían interpuesto contra RTVE, archivando cada una de ellas al no apreciar infracción alguna de la normativa electoral.
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El «error material» sobre Moreno Bonilla en La 1
La primera de las denuncias se centraba en un rótulo emitido en ‘La Hora de La 1‘ el pasado 25 de marzo, donde aparecía un subtítulo considerado ofensivo hacia el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla, durante una intervención de Pedro Sánchez.
La corporación pública alegó que se trató de un error material involuntario provocado por el «arrastre» de un rótulo de una entrevista anterior a Antonio Maíllo (IU). La JEC ha aceptado las explicaciones de RTVE, subrayando que la rectificación realizada por el programa el 7 de abril es suficiente y que no existió una «decisión editorial consciente» para perjudicar al dirigente andaluz.
Las entrevistas y el derecho a la información
El organismo también ha dado la razón a la radio pública respecto a una entrevista a la vicepresidenta María Jesús Montero en ‘Las Mañanas de RNE‘. El PP andaluz denunció que Montero realizó una petición expresa del voto al calificar a las fuerzas de izquierda como «la mejor vacuna» contra la ultraderecha.
Sin embargo, la JEC ha comparado esta declaración con intervenciones similares del propio Moreno Bonilla, concluyendo que:
- Ambas partes emplean términos genéricos y bloques políticos.
- No se menciona a un candidato o formación concreta de forma «inequívoca o concluyente».
- El tono de Montero no difiere de la praxis habitual en entrevistas políticas durante periodos electorales.
Encuestas en redes sociales bajo la lupa
Finalmente, la JEC ha archivado la queja sobre las encuestas realizadas por RNE en su cuenta oficial de la red social X (antes Twitter). El PP sostenía que estas consultas incumplían la LOREG al permitir a los partidos conocer la opinión ciudadana sobre pactos electorales.
La resolución aclara que estas publicaciones no tienen un valor demoscópico real debido al escaso número de participantes y a que no preguntan directamente por la intención de voto ni realizan estimaciones de resultados. Con este triple archivo, la JEC pone freno a lo que diversos sectores mediáticos han calificado como una «persecución» sistemática del principal partido de la oposición contra la independencia de la Corporación.
