Casi 18 años después de que una frase espontánea la convirtiera en un fenómeno viral, la protagonista del «la he liado parda» ha ganado su batalla en los tribunales. La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Atresmedia a indemnizarla con 50.000 euros por la utilización reiterada de su imagen y su voz durante años, al considerar que se ha vulnerado su derecho al honor y a la propia imagen. La resolución obliga, además, a retirar esos contenidos de las plataformas del grupo y prohíbe que vuelvan a difundirse.
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De un accidente en una piscina al meme más repetido de la tele
Todo comenzó en agosto de 2008. Una joven socorrista atendió a los micrófonos de Antena 3 para explicar un accidente ocurrido en una piscina comunitaria de San Sebastián de los Reyes, donde la mezcla de varios productos químicos había generado una nube tóxica que obligó a desalojar a decenas de vecinos. En mitad de aquella explicación pronunció la frase que marcaría su vida: «Vamos, que la he liado parda, ¿sabes?».
@muyrandomtv La he liado parda #humor #momentos #thisisspain #historiadeespaña #españa #laheliadoparda ♬ sonido original – MUY RANDOM
Lo que nació como un testimonio improvisado se transformó en uno de los vídeos más virales de la historia de la televisión española y en una expresión incorporada al lenguaje cotidiano. Con el paso de los años, aquella frase fue reutilizada hasta la saciedad en programas de televisión, montajes humorísticos, tertulias de radio, recopilatorios de momentos televisivos, redes sociales e incluso productos comerciales, sin que la afectada hubiera dado nunca su permiso para ello.
El precio de ser viral: ansiedad, bajas y hospitalizaciones
Detrás de las risas, la sentencia retrata un calvario personal. Según el informe pericial incorporado al procedimiento, la mujer sufrió ansiedad, hospitalizaciones, bajas médicas y serias dificultades para desarrollar su vida laboral tras convertirse, sin buscarlo, en un fenómeno de masas. Llegó a ser reconocida por la calle hasta el punto de que, según recoge la resolución, unos agentes de policía la identificaron comentando entre ellos: «Estamos aquí con la que la ha liado parda».
Cansada de ver su cara repetida una y otra vez, la socorrista presentó una demanda contra Atresmedia en 2021, al entender que el grupo seguía explotando su imagen para fines muy distintos a los de la noticia original. En primera instancia obtuvo una indemnización de 40.000 euros, pero recurrió. Ahora, la Audiencia Provincial eleva la cantidad hasta los 50.000 euros, aunque rechaza su reclamación de 300.000 al considerarla «absolutamente desproporcionada».
La clave del fallo: informar sí, hacer burla no
El pronunciamiento sienta un importante precedente sobre el uso de contenidos virales protagonizados por ciudadanos anónimos. Los magistrados distinguen con claridad entre la emisión original de la entrevista, amparada por el derecho a la información, y la reutilización posterior de esas imágenes con una finalidad humorística o burlesca, que consideran una intromisión ilegítima. De hecho, el tribunal exime a Atresmedia de la viralización inicial —un fenómeno «propio de la sociedad digital» ajeno a su control—, pero le reprocha haber prolongado el daño durante años con un uso «insistente» y «en ocasiones denigrante».
El fallo subraya, además, que la protagonista dio su consentimiento para una noticia sobre un accidente, pero nunca para que aquellas imágenes se reutilizaran «para otros fines», y cita expresamente espacios como El intermedio, tertulias de Onda Cero, programas de Europa FM o incluso el especial del 25 aniversario de Antena 3. La Audiencia recuerda que la demandante «no es una persona de notoriedad pública», por lo que su imagen merece una protección especial. Una advertencia de calado para las cadenas justo cuando los tribunales empiezan a poner freno al uso indiscriminado de los grandes virales de la pequeña pantalla.
