El oasis de tranquilidad y celebraciones que rodeaba a la aristocracia de la televisión española ha saltado por los aires de manera fulminante en los despachos judiciales de la capital. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha dictado una resolución histórica al anular por completo la absolución de la actriz Ana Duato y de su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeu, ordenando de forma taxativa la repetición del juicio del ‘caso Nummaria’ ante un tribunal de distinta composición. La noticia ha caído como un jarro de agua fría en el entorno de la icónica protagonista de Cuéntame, la serie que durante décadas blindó las audiencias de La 1 de RTVE, ya que el propio círculo íntimo de la intérprete ha confirmado el absoluto desamparo administrativo con el que se ha gestionado el fallo al confesar con estupor que «se han enterado por la prensa».
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La resolución judicial tumba de raíz el escenario de victoria que la protagonista de ficciones exhibía el pasado mes de febrero, cuando presumía ante los micrófonos de las agencias de haber salido totalmente limpia de sus cargas con la Agencia Tributaria. La sintonía de los magistrados con el contundente recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado desbanca los argumentos de la Sección Segunda que, en julio del año pasado, exoneró al matrimonio de las acusaciones de fraude. En esta ocasión, el tribunal considera que la sentencia absolutoria previa carecía de una motivación lógica, rigurosa y suficiente, cuestionando abiertamente las supuestas lagunas de conocimiento técnico que sirvieron para exculpar a la artista en el fraude del IRPF correspondiente a los ejercicios de 2010 a 2012.
El foco de la sospecha sobre los flujos económicos de la producción televisiva se centra en la utilización de una sociedad instrumental, creada bajo el asesoramiento directo del fiscalista Fernando Peña —cerebro del despacho Nummaria—, que presuntamente permitió a la actriz desviar sus ingresos profesionales reales para tributar únicamente por el 40 % de sus ganancias netas. La contundencia de los datos aportados por la Audiencia Nacional desvela que, de un montante total de 2.240.000 euros percibidos en concepto de honorarios por su trabajo en la pequeña pantalla durante esos tres años, la encausada solo habría declarado 896.000 euros. La Abogacía del Estado insiste en que nadie puede percibir de forma continuada importes veinte veces superiores a los estipulados contractualmente sin percibir de manera inequívoca la ficción de la estructura societaria, lo que situaría la conducta de la artista en el terreno del dolo eventual.
El dolo funcional y la nueva pesadilla del productor Miguel Ángel Bernardeu
El varapalo judicial de la Sala de Apelación entra también a reconfigurar la jurisprudencia aplicable a los rostros habituales del sector audiovisual, rechazando la tradicional estrategia defensiva que justifica las irregularidades fiscales por la mera falta de conocimientos empresariales de los actores. Evocando los criterios consolidados del Tribunal Supremo, los magistrados aclaran de forma nítida que el delito contra la Hacienda Pública no exige una formación jurídica especializada, sino un conocimiento meramente funcional equivalente al de cualquier «ciudadano medio». De este modo, la condición de intérprete de la investigada o la confianza ciega depositada en sus asesores no resultan argumentos constitucionalmente válidos para justificar de forma coherente la ausencia de responsabilidad penal.
La reapertura del procedimiento salpica con idéntica gravedad a la otra mitad del tándem creativo de la mítica productora encargada del éxito de RTVE, Miguel Ángel Bernardeu, cuyo expediente por presunto fraude fiscal en el ejercicio de 2011 volverá a ser fiscalizado desde cero en la sala de vistas. Mientras el Tribunal aclara de manera estricta que esta orden de repetición no anticipa en ningún caso un juicio de culpabilidad anticipado sobre los productores, la resolución paralela sí ha confirmado la autoría de doce delitos fiscales para el asesor Fernando Peña, rebajando sutilmente su condena global de 80 a 78 años de prisión por cuestiones técnicas de prescripción. Con las espadas en todo lo alto, el clan televisivo se enfrenta a un nuevo calvario legal que promete copar las escaletas y debates de la crónica social.
