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La Audiencia Provincial vuelve a abrir la querella de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, contra Vito Quiles por presuntas coacciones

Pedro Serrano González
4 min 15
La Audiencia Provincial vuelve a abrir la querella de la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, contra Vito Q…

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado reabrir la causa derivada de la querella que presentó Begoña Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, contra el activista Vito Quiles por el episodio vivido el 29 de abril a la salida de un restaurante de Las Rozas, y manda investigar si los hechos podrían constituir un presunto delito de coacciones.

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La Sección Cuarta revoca el archivo y estima el recurso de Gómez y de la Fiscalía

El tribunal revoca así el sobreseimiento provisional que había decretado un juez de Majadahonda y estima el recurso de apelación interpuesto por Gómez, al que se adhirió la Fiscalía. En su querella, la esposa del presidente del Gobierno atribuía a Quiles delitos de acoso y lesiones por perseguirla a la salida del local. La Sección Cuarta de la Audiencia considera prematuro cerrar el procedimiento sin examinar la posible afectación de la libertad de la denunciante, y sostiene en su auto que las imágenes reflejan cómo el activista accede al restaurante y se dirige directamente a Gómez, que estaba sentada con otras personas, tras lo cual ella termina abandonando el establecimiento.

Los magistrados apuntan que los hechos «podrían no responder a un encuentro casual, sino a una actuación buscada deliberadamente» mientras la denunciante realizaba una actividad privada en un espacio público. Por ello estiman necesario indagar si esa conducta limitó «la libertad de obrar» de Gómez, ya fuera forzándola a hacer algo contra su voluntad o impidiéndole continuar con lo que estaba haciendo, que es el núcleo del delito de coacciones que ahora deberá examinar el juzgado de instrucción.

Las grabaciones no confirmarían el zarandeo, pero la Sala ordena seguir investigando

La Sala admite que, según su análisis, las grabaciones no confirmarían un zarandeo ni que Quiles rodeara con el brazo a Gómez para impedirle salir, aunque sostiene que esos elementos no agotan la calificación jurídica de lo ocurrido. El auto precisa, además, que la decisión no supone una declaración de culpabilidad ni determina que se haya cometido el delito de coacciones, puesto que se limita a ordenar que se investigue esa posibilidad.

La Audiencia devuelve las actuaciones al juzgado de origen para que continúe el procedimiento y, tras la investigación pertinente, determine si los hechos pueden acarrear responsabilidad penal. En paralelo sigue abierta la querella que Quiles interpuso contra Gómez por falso testimonio tras el primer archivo, que se tramita en el Tribunal de Instancia número 6 de Majadahonda y que había citado a querellante y querellada a declarar el viernes 16 de octubre; está por ver si ese procedimiento decae tras la reapertura.

Un juez de Majadahonda había archivado la causa el 12 de mayo

La causa recayó en un juzgado de Majadahonda, que decretó el sobreseimiento provisional el 12 de mayo de 2026. El juez entendió entonces, tras analizar las grabaciones, que no se podían «acreditar hechos que posean relevancia penal», porque los vídeos no mostraban las conductas denunciadas ni ciertos episodios de contacto físico. Contra ese archivo recurrieron Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid, que pedían abrir la instrucción y practicar nuevas diligencias.

Según la versión de la denunciante, Quiles le habría bloqueado la salida del establecimiento, donde la localizó y la abordó con preguntas de forma agresiva mientras la grababa y presuntamente le impedía marcharse. Gómez iba acompañada de un hombre y de dos amigas, y el activista difundió después un vídeo editado en el que aseguró que le habían reprochado preguntar por la «corrupción» de la esposa del presidente.

Una orden de alejamiento de Sarah Santaolalla y una visita policial a su canal

El activista acumula varios frentes judiciales abiertos. En septiembre, la Sección 29ª de la misma Audiencia le impuso la orden que le prohíbe acercarse a menos de 500 metros del domicilio de Sarah Santaolalla, en un auto con el que la analista logró que el tribunal mantuviera a Vito Quiles a 500 metros de su casa y que ordenó seguir investigando unos hechos que ella había denunciado por posibles coacciones o acoso.

Antes, a comienzos de julio, la policía se presentó en la sede del canal de televisión en el que trabaja Quiles con una orden para detenerlo, aunque no se encontraba allí, y su abogado, el penalista Juan Gonzalo Ospina, calificó aquella actuación de «medida desproporcionada» y admitió desconocer de cuál de las cinco causas que entonces pesaban sobre su cliente procedía aquella orden de detención.

Pedro Serrano González
Escrito por Pedro Serrano González

Pedro Serrano González es un comunicador y productor con una trayectoria ligada a los grandes nombres de la radio, la televisión y los nuevos formatos digitales. Al frente de Vibras en Corte, impulsa un proyecto que convierte la actualidad televisiva y el entretenimiento en clips virales con personalidad propia.

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