Xabi Alonso y su mujer, Nagore Aranburu, podrán entrar a vivir en el chalé que levantaron en el Monte Igeldo, en San Sebastián, después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco haya revocado la sentencia que en enero de 2024 anuló su licencia de obras y haya concluido, en un fallo notificado este miércoles, que la vivienda cumple con todos los parámetros urbanísticos de aplicación.
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El TSJ vasco da la razón a Tavaro XXI y al Ayuntamiento

La sociedad propietaria del chalé de Xabi Alonso, Tavaro XXI, que administra Nagore Aranburu y a la que ha defendido el despacho Garrigues, y el Ayuntamiento de San Sebastián, que había concedido el permiso en 2018 y que sostuvo desde el principio la validez de la construcción, recurrieron en apelación la decisión del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de San Sebastián, y la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal superior les ha dado la razón en una sentencia fechada el 13 de octubre. Los magistrados resuelven que no hubo anomalías en la concesión de la licencia ni irregularidades en la gestión del terreno.
Con la resolución, Xabi Alonso y su familia quedan con vía libre para instalarse en la finca, situada en la zona conocida como Txalin, que ha permanecido vacía durante los dos años que ha durado el litigio sin que el técnico, hoy entrenador del Chelsea, pudiera hacer uso de ella. El tribunal rechaza las pretensiones de los dos colectivos ecologistas que impulsaron el pleito, Haritzalde Naturzaleen Elkartea y Ekologistak Martxan, que llevaban años intentando frenar la obra en una de las zonas más exclusivas de la ciudad.
La sala ve imposible replicar un caserío desaparecido por la expropiación

Sobre la tipología de la casa, el argumento con el que el juzgado tumbó la licencia en 2024, la sala sostiene que, «al ser imposible replicar una edificación desaparecida por expropiación y no existir imperativos legales de tipología tradicional rural, la obra cumple íntegramente con los parámetros y estándares constructivos y paisajísticos exigidos por el marco normativo vigente». Con ese razonamiento, el tribunal estima los recursos de la sociedad y del Consistorio, revoca la sentencia apelada y declara, según recoge el propio fallo, «la conformidad a derecho de la resolución administrativa recurrida, confirmándola». La sala da por buena la operación que avala la Ley vasca de Suelo y Urbanismo para trasladar a Igeldo el derecho del caserío expropiado, la misma que el juzgado había rechazado.
Contra la sentencia cabe todavía recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Haritzalde, la asociación naturalista que presentó la denuncia, admite que el fallo «nos es desfavorable» y recuerda que la sentencia recurrida «había dejado sin analizar varios argumentos alegados por esta parte en su escrito de demanda», unos motivos que el colectivo volvió a plantear ante la sala aunque no se había adherido a la apelación. Los denunciantes mantienen que la vivienda no respeta la tipología rural y que no se levantó en la misma posición que la señalada para la edificación autorizada, una diferencia que, a su juicio, coloca la casa en situación de obra clandestina y que el tribunal no ha acogido al declarar conforme a derecho la licencia.
Una casa de más de 1.000 metros cuadrados valorada en dos millones
La vivienda que ahora queda a salvo tiene más de 1.000 metros cuadrados, está valorada en dos millones de euros y cuenta con piscina y con un sótano de 500 metros cuadrados. Su licencia ya no corre riesgo de caer, y la familia podrá ocupar una residencia en las laderas del Monte Igeldo, uno de los enclaves más codiciados de San Sebastián, donde el proyecto arrancó hace ocho años entre expedientes, recursos y discusiones vecinales.
En noviembre de 2018, el arquitecto que firmó el proyecto argumentó que la nueva casa cumplía todas las condiciones necesarias al ser «respetuosa con el entorno y mimetizarse con el paisaje», la misma tesis que el Consistorio defendió en los tribunales frente a los colectivos ecologistas y que la sala de lo contencioso del tribunal superior vasco ha terminado por respaldar en la sentencia notificada este miércoles.
La licencia de 2018 y el caserío Goiatz Berri

El origen del conflicto está en la fórmula urbanística con la que se autorizó el chalé en suelo rural: se utilizó el derecho a reconstruir el caserío Goiatz Berri, en el barrio de Martutene, expropiado y derribado por las obras del tren de alta velocidad. En enero de 2024, un juzgado de lo contencioso-administrativo de San Sebastián anuló la licencia al considerar que no se había reconstruido el edificio original y que la construcción final no se ajustaba a la tipología del caserío, aunque descartó ordenar el derribo de la villa.
Durante la tramitación del recurso, las asociaciones ampliaron su denuncia al descubrir que la parcela matriz contaba con un Plan Especial aprobado en 2007 que recogía su uso para una escuela de golf, un argumento que tampoco ha prosperado. En junio de 2025, Ekologistak Martxan y Haritzalde acudieron además a la Fiscalía de Gipuzkoa por el uso de un camino municipal de 300 metros como acceso a la finca.
